CUADRO DE ANTIGÜEDADES
La Ley Federal de Trabajo nos hace mención de que todos los trabajadores tienen derecho a conocer y que se les reconozca su antigüedad.
Para llevar a cabo esto los patrones y trabajadores están obligados a formar una comisión mixta para elaborar un cuadro general donde consten la antigüedad de cada uno de sus colaboradores en la empresa.
Este cuadro debe colocarse en un lugar visible dentro de las instalaciones de la empresa a efectos de que el personal tenga conocimiento y en caso de alguna inconformidad pueda objetarlo
¿Cómo se elabora?
- Se elige a los representantes de la empresa y personal lo cual se plasma en actas de designación de los representantes patronales y acta de elección de los representantes de los trabajadores ante la comisión mixta de antigüedades.
- Hacer constar la integración de la comisión a través del acta de integración de la comisión mixta de antigüedades
- Elaborar los cuadros de antigüedades considerando la información contenida en los expedientes de cada colaborador, particularmente los contratos individuales de trabajo que es donde especifica la fecha de ingreso y el puesto de cada uno.
Estos cuadros de antigüedades deben contener:
- Nombre completo del empleado
- RFC
- Fecha de ingreso
- Categoría o puesto ocupado
- Número de Seguridad Social
- Antigüedad en la compañía, y
- Periodo vacacional por disfrutar
Deberá tener al calce las firmas de los representantes patronales y de los trabajadores.
El cuadro de antigüedades, a parte, es una herramienta esencial en la gestión de recursos humanos, ya que permite llevar un registro detallado del tiempo de servicio de cada trabajador dentro de una organización. Su correcta elaboración facilita el cumplimiento de obligaciones laborales, el cálculo de prestaciones y el reconocimiento del personal por su trayectoria.
Facilita la administración de prestaciones laborales como prima de antigüedad, vacaciones y aguinaldo. Ayuda en la planeación de ascensos, reconocimientos y programas de lealtad para empleados.
Y sobre todo permite a las empresas a cumplir con normativas laborales. Su correcta elaboración y mantenimiento garantizan una administración eficiente y justa de los derechos laborales de los trabajadores.
Se recomienda elaborar este cuadro cada año con el fin de actualizar los datos de los colaboradores.
En caso de que la autoridad laboral descubra que el patrón no cuenta con el cuadro general de antigüedades le impondrá al patrón infractor una multa por el equivalente de 50 a 5,000 veces la UMA, es decir, de $5,657.00 a $565,700.00
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